lunes, 1 de junio de 2009

10. CAMBIOS EN EL AMBITO POLITICO






EL ESTADO Y EL CIUDADANO






Cuando se estudia la naturaleza particular de las diversas clases de gobiernos, la primera cuestión que ocurre es saber qué se entiende por Estado. En el lenguaje común esta palabra es muy equívoca, y el acto que según unos emana del Estado, otros le consideran como el acto de una minoría oligárquica o de un tirano. Sin embargo, el político y el legislador no tienen en cuenta otra cosa que el Estado en todos sus trabajos; y el gobierno no es más que cierta organización impuesta a todos los miembros del Estado. Pero siendo el Estado, así como cualquier otro sistema completo y formado de muchas partes, un agregado de elementos, es absolutamente imprescindible indagar ante todo qué es el ciudadano, puesto que los ciudadanos en más o menos número son los elementos mismos del Estado. Y así sepamos en primer lugar a quién puede darse el nombre de ciudadano y qué es lo que quiere decir, cuestión controvertida muchas veces y sobre la que las opiniones no son unánimes, teniéndose por ciudadano en la democracia uno que muchas veces no lo es en un Estado oligárquico. Descartaremos de la discusión a aquellos ciudadanos, que lo son sólo en virtud de un título accidental, como los que se declaran tales por medio de un decreto. [84]
No depende sólo del domicilio el ser ciudadano, porque aquél lo mismo pertenece a los extranjeros domiciliados y a los esclavos. Tampoco es uno ciudadano por el simple derecho de presentarse ante los tribunales como demandante o como demandado, porque este derecho puede ser conferido por un mero tratado de comercio. El domicilio y el derecho de entablar una acción jurídica pueden, por tanto, tenerlos las personas que no son ciudadanos. A lo más, lo que se hace en algunos Estados es limitar el goce de este derecho respecto de los domiciliados, obligándolos a prestar caución, poniendo así una restricción al derecho que se les concede. Los jóvenes, que no han llegado aún a la edad de la inscripción cívica, y los ancianos que han sido ya borrados de ella, se encuentran en una posición casi análoga: unos y otros son ciertamente ciudadanos, pero no se les puede dar este título en absoluto, debiendo añadirse, respecto de los primeros, que son ciudadanos incompletos, y respecto de los segundos, que son ciudadanos jubilados. Empléese, si se quiere, cualquiera otra expresión; las palabras importan poco, puesto que se concibe sin dificultad cuál es mi pensamiento. Lo que trato de encontrar es la idea absoluta del ciudadano, exenta de todas las imperfecciones que acabamos de señalar. Respecto a los ciudadanos declarados infames y a los desterrados, ocurren las mismas dificultades y procede la misma solución.



DERECHO INFORMATICO



El derecho informático, ha sido analizado desde diversas perspectivas. Por un lado el Derecho Informático se define como un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos nacidos de la interrelación entre el Derecho y la informática. Por otro lado hay definiciones que establecen que es una rama del derecho especializado en el tema de la informática, sus usos, sus aplicaciones y sus implicaciones legales. El término "Derecho Informático" (Rechtinformatik) fue acuñado por el Prof. Dr. Wilhelm Steinmüller, académico de la Universidad de Regensburg de Alemania, en los años 1970. Sin embargo, no es un término unívoco, pues también se han buscado una serie de términos para el Derecho Informático como Derecho Telemático, Derecho de las Nuevas Tecnologías, Derecho de la Sociedad de la Información, Iuscibernética, Derecho Tecnológico, Derecho del Ciberespacio, Derecho de Internet, etc.
Se considera que el Derecho Informático es un punto de inflexión del Derecho, puesto que todas las áreas del derecho se han visto afectadas por la aparición de la denominada Sociedad de la Información, cambiando de este modo los procesos sociales y, por tanto, los procesos políticos y jurídicos. Es aquí donde hace su aparición el Derecho Informático, no tanto como una rama sino como un cambio.


LIBERTAD INFORMATICA



El derecho a la libertad informática garantiza el nuevo status del individuo de la sociedad digital, en tanto y en cuanto asegura que la información de carácter íntimo o privado del individuo no pueda ser manipulada o transmitida por terceros sin su consentimiento y que sea rectificada y / o actualizada en los casos necesarios.
También le confiera a una persona una especie de control frente al tratamiento automatizado que de sus datos realicen terceros, por tanto, estos derechos constituyen un cauce constitucional para el equilibrio de poderes, entre la libertad de información y comunicación, y el respeto al derecho a la privacidad, entendido este último en su sentido positivo como facultad de disposición y control de la información individual (datos personales) y no sólo en su acepción negativa como facultad para limitar las intromisiones o injerencias de terceros. En otras palabras lo que se busca es mantener un equilibrio entre la libertad de expresión y de información en la sociedad cibernética y el derecho a la privacidad, vale decir, el derecho a que el Estado y los particulares no invadan las esferas privadas del individuo y que estos puedan ser protegidos a través de recursos eficaces, como lo es el habeas Data.
Es precisamente el artículo 94 de nuestra Constitución Política que establece al Hábeas Data como un recurso que tienen las personas para acceder a los bancos de datos e informes en donde existe información de ellos mismos, su finalidad es proteger su derecho a la intimidad y evitar el uso indebido de esa información o certificar su exactitud. El hábeas Data es una institución jurídica que tiene como fin especifico permitir el acceso a su información personal y por consiguiente a su corrección, modificación o supresión. Es un medio jurídico para hacer efectiva la libertad informática, significa por lo tanto que el titular de los datos puede ejercer los derechos de acceso, de rectificación, de cancelación de información ante el responsable del tratamiento de los datos.


DEMOCRACIA TECNOLOGICA


Uno de los aspectos más destacados de la "rebelión" contra la manipulación informativa del gobierno el pasado 13 de marzo en España, hace referencia al uso del teléfono móvil y su sistema de envío de mensajes, así como al uso de internet, como herramientas clave para generar una movilización espontánea que propició la derrota electoral de un gobierno basado en la mentira.Se observa una curiosa coincidencia entre editorialistas y columnistas de medios clásicos y pensadores y activistas del movimiento antiglobalización a la hora de lanzar loas a estas nuevas tecnologías como vía para extender y mejorar la mejorar la democracia y como medio imprescindible para articular la respuesta social al neoliberalismo.Análisis y perspectivas demasiado ingenuas, a mi modo de ver, basadas en una incuestionable fe ciega en cualquier invento nuevo que el sistema mercantil lleva siglos inculcando en nuestras conciencias.Tecnología y poder Lo primero que conviene aclarar son las características técnicas de estas tecnologías y su relación con el poder. Para que el aparatito (internet, teléfono móvil…) que cada uno tenemos en propiedad pueda funcionar es necesario la existencia de nodos, estaciones repetidoras y satélites en algunos casos que lleven la información a sus destinos. Semejantes infraestructuras requieren grandes inversiones económicas y ajustarse a condiciones de concesión establecidas por el gobierno. Así, en España como en todo el mundo, los dueños de dichos "puntos sensibles" sólo pueden ser las multinacionales o las estructuras gubernamentales.Si nos preguntamos quién puede ser el principal beneficiario de los envíos masivos de mensajes SMS, bastaría con fijarnos en la evolución de los beneficios económicos de una empresa como Telefónica desde la existencia de dicho servicio; beneficios que son utilizados para extender sus tentáculos por otras países donde apoya prácticas autoritarias y antidemocráticas.Desde el punto de vista técnico es relativamente sencillo para los dueños de las infraestructuras comunicacionales y para los gobiernos abrir o cerrar el flujo de las informaciones que circulan por ellas dónde y cuándo quieran. Programas informáticos no muy complejos o la simple colocación en pocos puntos clave de personas de confianza o que no se atrevan a cuestionar las órdenes, puede en escasos minutos bloquear cualquier posibilidad de comunicación basada en estas tecnologías.En la primera huelga general contra el gobierno del PSOE en 1986 jugó un papel decisivo el hecho de que la televisión pública dejó de funcionar exactamente a las 0 horas del día señalado.Su efecto sobre la conciencia de la gente fue tan poderoso que el país se paralizó totalmente. Les pilló de sorpresa pero aprendieron la lección; en ninguna otra ocasión ha sido posible repetir ese hecho a pesar de existir apoyo muy mayoritario de los trabajadores de televisión a huelgas posteriores. El establecimiento de controles fieles en los puntos sensibles así como la elaboración de leyes y normativas que penalizan una actuación como aquella se ha convertido en la garantía del gobierno para impedir la repetición de aquella situación.


EL PROBLEMA DE LA INTIMIDAD


Hablemos de un tema para mí bastante serio, aunque se me pueda considerar como a la antigua, o como dirían por ahí “old-fashioned”. ¿Cuál es el problema de las personas, las parejas, específicamente, que constantemente tienen que “demostrar” su amor haciendo partícipe al mundo entero de lo que se llamaría su intimidad?
Es que sigo y seguiré hablando de derechos y respeto. He tenido mis novios, y ciertamente, ellos son pura evidencia de mi sentir, en público, se debe respetar a la pareja y luego a solas, en la intimidad, entonces, plázcanse de hacer lo que deseen porque ese espacio ya es suyo… ¿pero cuál es el problema que hay que constantemente provocar a la humanidad a través de tu pareja? ¿Acaso no entienden que al publicar por medio de acciones y expresiones los deseos (sexuales) hacia tu pareja estás perdiendo el respeto?
Las chicas en especial son las más degradadas, a las que más se les apunta y se les señala cuando llega la hora de decir y hablar de alguien, y aun así, sorprendentemente, en la mayoría de los casos, son las que provocan ese tipo de comportamiento desenfrenado! ¿No acabamos de entender que hay un lugar, un tiempo y espacio para todo? Y digo todo.


IMAGENES DIGITALES


Una imagen digital, también llamada gráfico digital, es una representación bidimensional de una imagen utilizando bits (unos y ceros). Dependiendo de si la resolución de la imagen es estática o dinámica, puede tratarse de un gráfico rasterizado o de un gráfico vectorial. A menos que se indique lo contrario en general por imagen digital se entiende gráfico rasterizado.

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